Mis Escritos Forenses
(Algo heterodoxos)

 

Así veo yo el día a día de la Administración de Justicia

(sin que tenga por qué ser así)

No hablaré ni escribiré sobre lo que se suele escribir en estas páginas. A la gente de leyes nos da por hablar de lo que está legislado, o de lo que los Tribunales dicen, y no hay quien nos pare. De lo que yo quiero hablar es de esas cosas que nos decimos casi a escondidas; de esas quejas. De esas efímeras glorias  y de esas pequeñas miserias del día a día que hacen de la Justicia algo lejano, temido y, para desastre nuestro (de todos) a veces poco respetado. Hablemos de respeto.


Saber hablar es una técnica;
 saber escuchar, un arte

Socorro-Marmol@iuristemplanza.org

Dicen que la Administración de Justicia es una de las Instituciones peor valorada. Que como Administración administra poco, y lo poco que administra llega tarde y arrugado; y que no acaba de percibir el personal la idea de justicia sin sentir un cierto resquemor. Quizá, si nos atrevemos a indagar, acabemos encontrando caminos nuevos. De eso quiero escribir aquí: de la forma y los modos con que recuperar la esperanza.

 

 

 
   

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Mi perfil como Maestra,
Jurista y Escritora

Mª Socorro Mármol Brís


 Maestra NacionalAbogada, Mediadora , Escritora y  Persona. Soy la Fundadora y Mantenedora de esta Página

Algunas cosas  útiles he hecho en la vida, y merece la pena recordar escribiéndolas

     Como Maestra Nacional, fundé el primer Centro de Alfabetización de Adultos que hubo en un Sanatorio Antituberculoso: en "El Neveral" de Jaén, cuando aún esa enfermedad era de declaración obligatoria y de estadía de años en los Sanatorios Fuí Parvulista en Salvacañete (Cuenca), Madridejos (Toledo) y, finalmente, en Madrid.

     Como Abogada (de la 1ª Promoción de la Universidad a Distancia) y Mediadora, (formada también, entre otras, en la Universidad a Distancia) tiene Despachos Profesionales abiertos en Madrid y en Fuengirola (Málaga). Actualmente, formo parte del Equipo Docente de MEDIACIÓN y ORIENTACIÓN FAMILIAR de esa Universidad.

     Como Escritora, tengo varios Libros publicados, e innumerables colaboraciones en Antologías Poéticas, de Narrativa, etc., así como ponencias en Congresos y Encuentros Internacionales de Escritores, y trabajos jurídicos publicados en Revistas Profesionales de primer orden.  Cada día amplío mi Web particular:

www.Magina-Magica.es

Y la del Foro Literario que dirige:

www.Iceberg-Nocturno.org

     Como persona, me gusta definirme  como lo hacía Machado: soy, en el buen sentido de la palabra, buena.

  Y tengo un lema de vida de desprendimiento material  basado en un Poema que me persigue desde la adolescencia:

TODO PARA ELLOS

Todo para ellos, todo, todo:
Viñas, colmenas, pinos, trigos...

Yo bastante he tenido
con mi ilusión de luz
con mi acento divino.

He sido cual la rosa: todo esencia;
igual que el agua: sólo desvarío.

Y fueron ellos
tierra sana a mi raíz ansiosa
y cauce humano a mi raudal altivo.

¡Todo!

Que si ellos no han pensado nunca
qué pobres habrán sido!

¿...?

 
 

 

     

 

 
 

RESUMEN de LEGÍTIMA DEFENSA

En lenguaje de mi pueblo, vengo a decir que no todo lo políticamente "correcto" es lo que espera el ciudadano de sus políticos. Y que está muy bien eso de defender los derechos de los "choricillos"; pero que lo primero a defender son los derechos de las víctimas, y que ya va siendo hora de que se enteren los que mandan. Por eso acabo así

...Un día de estos voy a ver si se me pasan las pudores de decir lo que pienso y les voy a soltar a los “políticos” que andan escocidos de la ingle de la conciencia lo que oigo que se habla por ahí en los corrillos de los que no estamos “iniciados” en las majaderías del algodoneo del voto que se les puede volar con un mal aire. Y, puesta en jarras, les voy a soltar: Pues miren ustedes que nosotros, los que los mantenemos, lo que queremos desterrar no son los pensamientos sino los sucesos que acaban con kiries anticipados, olor a velas hechas con dinamita y campanas de muerto.  Que los que no estamos por la labor, no estamos hablando de ideas sino de hechos. Y si los hechos son el crujirle la cabeza a alguien de un tiro por la espalda para que deje de pensar, o el arrancarle en vivo la lengua a los “herejes” para que dejen de hablar el idioma que quieran, y luego meterles fuego por los pies para que aprendan…, pues ¡lo dicho!: que empezamos a sospechar de ustedes y de sus santas doctrinas políticas. A ver si van a acabar arrojándonos a la hoguera de sus propios despropósitos a cambio de un voto más o menos".

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LEGÍTIMA DEFENSA

Mª Socorro Mármol Brís

Abogada Mediadora y Escritora

          Oyendo lo que dicen algunos -los de siempre- representantes de algunos -los de siempre-  partidos políticos, y con la herida fresca todavía de otra víctima escogida al azar, tengo una vez más la sensación de ser yo la culpable por sentir lo que siento y pensar como pienso.
        Dicen ellos que, si se da vía libre a la nueva Ley de Partidos Políticos que proyecta el Gobierno, se está pecando gravemente contra la virtud de la democracia porque se “arrincona” a un grupo determinado, se deja sin posibilidad de voto a doscientas mil personas y “se reduce a la clandestinidad” a unos cuantos “ciudadanos”. Yo, desde mis pobres entendederas jurídicas -sin duda desviadas y cerriles a tenor de las palabras de estos eruditos políticos- y alumbradas, por decir algo, en unos tiempos pretéritos en los que guardar silencio era lo más prudente, pienso que por qué no; por qué no dejar sin voto a quienes hozan en el dolor de buenas gentes y arrancan la vida a quienes se atreven a hablar sin pedirles permiso o sin pasar la censura. (Nihil obstat).

         ¡”Que se les está condenando a la clandestinidad...”!, amonestan -¡"dita-sea"!, estos defensores de las libertades de, según mi errado entender, unos pocos que nos tienen el dolor metido en los entresijos. Y yo me digo, dentro de mi cerril perversidad:  ¿pero, acaso hay algo más infamemente clandestino que el tiro por la espalda y a traición, o que el chivatazo taimado de algún “valiente” oculto entre los visillos de su cocina avisando a los que hablan pistola en mano, (¡todos al suelo!), para que se den una vueltecilla por el pueblo y le peguen un tiro al paisano, aprovechando que el abuelo no lleva escolta porque a sus años...?

         En mi descargo -y para levantarme la conciencia que se me alborota escuchando lo sesudo de los razonamientos de estos señores- voy y me planteo que no digo yo que los demócratas hayan de ponerle sitio a las ideas sino a los hechos. Si Tejero pensaba que llevaba el peso de España sobre sus hombros más allá de lo tolerable y que, para aliviarse la carga, había que despotricar contra los rojazos, pues ¡allá él! Pero, de pensar lo que pensaba -que el pensamiento es libre- a liarse a tiros en el templo del  pueblo, hay una diferencia esencial que no es otra que la de convertir una legítima manera de darle vueltas al magín en una actividad transgresora de las reglas del juego que hemos podido elegir por mayoría finalmente después de tanto esperar como nos ha tocado a algunos. Si al señor Hitler (lo de señor“  es un decir dentro de mi natural urbanidad; por no quitarle el “usted“ ni a las gallinas) le daba por pensar que los señores bajitos, renegridos y de sangre coloreada en añil tirando a índigo eran los únicos que tenían derechos... ¡pues, allá él! Sus razones tendría, aunque sólo fuera en sus hechuras, digo yo... Pero, de ahí a meterse a miserable dios de los infiernos arrasando con cientos de miles de desgraciados que habían cometido el crimen de no tener marchamo de calidad hemolítica, o que, por un "quítame allá ese rh +/- matemático", se estrujara el magín buscando en la química los mejores gases para fumigarse al “enemigo”, hay un mundo. ¿O no?

         ¿Que hay doscientos mil prójimos que piensan que Euskadi tiene que despedazarse y separarse de España aunque sea, como se dice en el Cantar de Mío Cid, doliéndole como cuando se arranca la uña de la carne? Pues... ¡qué le vamos a hacer! A apretar los dientes y a recordar aquello que decía uno mas leído que yo:  “odio lo que dices pero defendería hasta la muerte tu derecho a decirlo”. Pero llevarse a alguien a “darle el paseo”, o salir a deshora a los caminos y a las tapias a pegarle el tiro de gracia a los que no ven con buenos ojos tanto desgarrón, cuando los aires que corren es lo de juntar costuras…, y salir corriendo luego como los conejos -con perdón de los conejos- a meterse en la madriguera hasta la próxima..., pues, mire usted: ¡No! De esos “valientes” ya estamos hasta la coronilla los de éste y los del otro lado de las fronteras de Euskadi.

         Así que, ¡vamos a dejarnos de pamplinas y de pollinadas! -me digo yo para mí misma en mi ignorancia oyendo hablar a tan instruidos políticos-.

Miren ustedes: que los de a pie no somos tan tontos. Que, a pesar de haber tenido que codearnos con la democracia demasiado tardíamente, no somos tan papanatas como para no defender con uñas y dientes ese tren que nos ha llegado a algunos con tanto retraso que casi se nos pasa de estación. –Y, mientras me voy metiendo en estos berenjenales de pensamientos, va creciendo mi desconfianza contra esos “políticos” que tanto deben saber ellos, que para eso es su “profesión” y de lo que viven, pero que me tienen el miedo metido en el cuerpo como en los viejos tiempos.

         Entonces, cuando me echo a fenecer de inquietud, voy y me digo para mis adentros de Abogada de pobres cuando me designan y de ricos las pocas veces que se acuerdan de mí: pues vamos a ver ¿No se les quita el derecho a voto a “los chorizos” cuando se les condena por “chorizos” sin que mis “políticos” se rasguen las vestiduras ni se pongan a echarse ceniza sobre la calva? ¿Por qué no he oído ni una voz defendiendo el derecho de “los chorizos” a fundar un partido político, con ideario de “recortadas” y hechuras de "aquí-te- pillo-aquí-te- mato", y su derecho a votarse entre sí y a atracarnos y a saltarnos los dientes detrás de cualquier esquina? O, para acercarnos más al tema: ¿qué me dicen de los “GALES”? ¿Hay que defender desde los telediarios el derecho del G.A.L. a constituir su propio partido político y subvencionarles con cargo a nuestros bolsillos el voto de sus minorías y las pistolas de sus rufianes? ¿Hay que reconocerles su derecho a engordar la cuenta bancaria con cargo al secuestro de cualquier incauto que se les cruce en su camino en una noche de putas pagadas a golpe de “Visa” y de oscuras borracheras?

         ¡No! No me digan que lo que defiende un chorizo o un pelanas y lo que defiende un proetarra es tan diferente. Si vamos a eso, estarán conmigo en que tanto derecho tienen unos a pensar que hay que ponerle fronteras y alambre de espino al campo como los otros a pensar que hay que  traspasar las fronteras del bolsillo ajeno. Tanto derecho tienen unos a ponerse a jugar con navajas y recortarse y apropiarse el pedazo de tierra que señale el filo de la faca como otros a pensar en patrias unidas “hasta que la muerte las separe”.

Un día de estos voy a ver si se me pasan las pudores de decir lo que pienso y les voy a soltar a los “políticos” que andan escocidos de la ingle de la conciencia lo que oigo que se habla por ahí en los corrillos de los que no estamos “iniciados” en las majaderías del algodoneo del voto que se les puede volar con un mal aire. Y, puesta en jarras, les voy a soltar: Pues miren ustedes que nosotros, los que los mantenemos, lo que queremos desterrar no son los pensamientos sino los sucesos que acaban con kiries anticipados, olor a velas hechas con dinamita y campanas de muerto.  Que los que no estamos por la labor, no estamos hablando de ideas sino de hechos. Y si los hechos son el crujirle la cabeza a alguien de un tiro por la espalda para que deje de pensar, o el arrancarle en vivo la lengua a los “herejes” para que dejen de hablar el idioma que quieran, y luego meterles fuego por los pies para que aprendan…, pues ¡lo dicho!: que empezamos a sospechar de ustedes y de sus santas doctrinas políticas. A ver si van a acabar arrojándonos a la hoguera de sus propios despropósitos a cambio de un voto más o menos.

Ya habrán visto ustedes a estas alturas que una servidora entiende poco de política. ¡Qué le vamos a hacer! Pero, como cualquier paisano, algo de sentido común sí que me beneficio. Y tengo en mi caletre que no se es más demócrata por dejar que esos miserables que desprecian el dolor de sus propios paisanos, de su propio pueblo, se aprovechen de nuestras ambigüedades y pasen del dicho –legítimo- al hecho cerril. Como no es más ecologista el que le pega un tiro al jabalí cuando baja del monte cada noche de cuarto menguante por escarbarle con sus pezuñas la huerta hasta ultimarle los tomates del año.

Pero miren: si aún creen que mi ignorancia política denigra lo que digo, me acojo a eso del Estado de Derecho que tanto les hincha la boca y les digo: diente por diento, no; que todavía hay  clases, (entre ellas esa “clase política” -más mala que un dolor según la MariPepa, la del  Estraperlista- que se pasa la vida dándonos lecciones de no sé qué, y lampando por no soltar el bocado de sus ingresos con cargo al presupuesto del Estado que tan mal los trata).

Pero, bien venidos sean finalmente los que van por ley y, frente a esa agresión sanguinaria, desalmada y tenebrosa, utilizan la legítima defensa. ¡La Ley que vote la mayoría! Eso, me pienso yo, debe ser la democracia y no sus zarandajas.  

23.3.2002
Mª Socorro Mármol Brís

 

 
 

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 CONSULTA AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Sobre tratamiento forense, entendido como enunciado o como vocativo direccional.

Mª Socorro Mármol Brís

Fuengirola 3 de Marzo de 2008.

 CONSULTA: ¿Es correcto/preciso sustituir el tratamiento “Señoría” por el de “Señor/Señora” en la interlocución directa?

          Permítaseme una exposición panorámica previa sobre la situación que motiva esta consulta.

Desde hace algún tiempo, mantengo, con una Magistrada de Fuengirola (Málaga), determinadas diferencias de criterio sobre la forma en que he de dirigirme a ella durante mis intervenciones como Abogada, y en los actos orales judiciales.

         Aparentemente, pudiera tildarse de baladí el asunto; pero la realidad es que, tanto para ella –creo-, como para mí –sin duda-, constituye un desencadenante de malestar permanente, hasta el extremo de iniciarse cualquier sesión con la intervención de la Sra. Magistrada, adelantando un severo “recordatorio” público, instándome a que no olvide “como otras veces” dirigirme a ella con el tratamiento de “Señoría”, mientras que yo, aunque me esfuerzo, no puedo evitar utilizar el vocativo “Señora” que ininterrumpidamente he venido utilizando durante casi treinta años de ejercicio profesional; tratamiento que, si con anterioridad ya se me había habituado a usar solemnemente, adopté en forma definitiva desde que mi Padrino de Jura, el Excelentísimo Señor Don Jesús Sáez Jiménez, (Magistrado que fue, y Presidente de la Sala II del Tribunal Supremo) me ilustrara al efecto sobre las sustituciones de los tratamiento honoríficos por sus correspondientes expresiones interlocutorias, diferenciando así el caso nominativo como enunciado, del vocativo apelativo y, por supuesto, con su distinto epíteto según se optara por utilizarlo en segunda o en tercera persona.

         La situación se hace más desabrida por lo que tiene de desaire el hecho de tal llamada de atención se haga públicamente a una Letrada ante sus clientes, siendo que todo apunta a que sea yo quien esté en lo cierto en cuanto al tratamiento utilizado, aunque, por razones obvias, no quiera, ni pueda ni deba entrar en polémica con una Juez, y menos en Estrados.

         La Sra. Magistrada encara el conflicto con rígido criterio normativo, afianzándose en que “…está exactamente reglamentado que el tratamiento es de “Señoría” y que, en consecuencia –me recuerda- debe atenerse al mismo como ya le he dicho varias veces…”. Y a fe que, salvo en una primera ocasión en que osé iniciar la explicación de un mínimo disentimiento, que fue contestado con una contundente y áspera llamada de atención por su parte, ahora me esmero en estar permanentemente alerta para no “apear” el tratamiento literal exigido por Su Señoría, -esta vez sí que considero necesario utilizar “S. Sª.”, al estar hablando narrativamente y no “voseando[1]”, lo que introduce una palpable tensión que, lamentablemente, distorsiona el objeto principal de mi función en Estrados, que no debiera ser otra que la de ejecutar un sosegado ejercicio de defensa.

         Hace unos días, -sin haber empezado siquiera a hablar-, y después de recibir públicamente la consabida advertencia de que evitara incurrir en mi porfiado “error” de utilizar el “Señora”, quise explicarme ante la Magistrada, al acabar la sesión –por supuesto, en privado, cuando ya se había despejado la Sala-, expresándome desde una perspectiva puramente gramatical; etimológica, si se quiere; sintáctica, si atendemos a las funciones discursivas del tratamiento “Señora”; o, ubicándonos en el mundo curial, desde la configuración de la alocución retórica (oratoria forense). Recibí idéntica respuesta: “…el tratamiento está expresa y literalmente reglamentado. Es el de “Señoría”. Es más: sería Señoría Ilustrísima según el Reglamento”. La inflexible posición, como resulta obvio, no admitía discrepancias. Si a ello añadimos que el Colega de la parte contraria terció diciendo que eso de “Señora” era algo que “…últimamente se escuchaba mucho en los Tribunales de Madrid, pero que a él no le sonaba demasiado bien, aunque era cuestión de mejor o peor gusto…”, podrá entenderse el sinsabor que me causó y me causa pensar que, quizá, mis convicciones gramaticales hubieran de ser puestas en entredicho[2], y que mi osadía retórica fuera fruto -como siempre que se es petulantemente atrevido- de mi propia y contumaz ignorancia.

         En tales circunstancias, me comprometí ante la Sra. Magistrada a formular esta consulta, en la que quisiera justificar, finalmente, el porqué de mi obstinación en mantener que el apelativo directo de “Señor/Señora” engloba la mayor dignidad que le es debida a quienes ostentan tratamientos tales como excelentísimo o ilustrísimo. Incluso los de Majestad o Alteza.

         Pero, centrémonos en el mundo judicial o forense.

         La Reglamentación Jurídica sobre TRATAMIENTO Y HONORES A JUECES Y MAGISTRADOS la encontramos en el Acuerdo del Pleno del Poder Judicial, de 23 de Noviembre de 2005, en el que se aprobaba el Reglamento 2/2005, que desarrolla, complementa e interpreta el Art. 324 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en cuyo Preámbulo se denuncia expresamente la ausencia de anterior reglamentación específica al efecto (tratamiento a Jueces de Paz), incluyendo Sentencias definidoras del propósito del protocolo concreto y de la cuestión de fondo. Sin embargo, como no podía ser menos en una regulación normativa, en lo que atañe a tratamiento directo (que es el ítem de esta consulta) se recoge solamente su enunciado: “…tienen el tratamiento de…”, dando por entendido y sabido –creemos- que, quienes han de valerse de la aplicación de la Norma en la práctica retórica, como posgraduados que son, no necesitan explicaciones de su correcto y distinto rito lingüístico aplicado a tiempos, modos, accidentes y personas gramaticales.

         Tampoco los manuales de Protocolo al uso, en la bibliografía consultada, dan razón sobre el particular sintáctico o etimológico, por lo que habrán de ser los repertorios lingüísticos los que, una vez más, ofrezcan el auxilio general, en tanto que el específico lo recabo de ese Consejo (y agradezco de antemano).

         En mi justificación, acudo a mis viejos, larguísimos y nunca olvidados estudios de latín, y a sus declinaciones de los sustantivos o de las locuciones sustantivadas[3], recurriendo al modo VOCATIVO como referencial de la situación de dos interlocutores, tal cual se escenifica en los Tribunales:

  • El que habla (Abogados, Fiscales, Justiciables…)

  • A quien se le habla, avoca,  o advoca: interlocutor vocativo.

         En ese discurso forense están presentes las variadas categorías representativas de las desiguales funciones dentro del proceso, que, a su vez, marcan un determinado tratamiento de modo y de forma. El tratamiento “Señoría” en sí mismo, y como tal, es –creemos- un sustantivo (o una sustantivación), una abstracción impersonal, no posicional por tanto; y, sólo cuando es aplicado directamente, como herramienta de interpelación, a una persona concreta de la que se dice (se predica) que lo ostenta, es cuando adquiere formas o modos de expresión gramatical que le imprimen una nueva función lingüística regida por el modo vocativo de la declinación.

         Dicho de otro modo: una cosa es el sustantivo enunciado: “tratamiento/Señoría”, y otra su aplicación elocutiva direccional y sustitutoria, dirigida al interlocutor al que verbalmente (sintácticamente) situamos en segunda persona.

         Así, para dirigirnos direccionalmente, en segunda persona, a quien reglamentariamente ostenta tratamiento de Excelentísimo Señor, podríamos optar por utilizar Vuecencia o Excelencia; Usía (que no “Señoría”) para dirigirnos a quienes lo ostentan de Ilustrísimo Señor. Y aún se puede enaltecer el énfasis del tratamiento direccional mediante el uso del mayestático, colocando al oyente en una posición virtual de tercera persona, a pesar de estar dirigiéndose la interpelación a un interlocutor directo; bastaría con anteponer la locución “su” delante del tratamiento, en cuyo caso sí que se utilizaría el “Señoría”: “Su Señoría dice…”; Su Excelencia tendrá a bien…

         Son éstas las formas vocativas sustitutorias (Vuecencia, Usía, Monseñor, etc.) que pocos manuales –por no decir ninguno- explican o contemplan y, sin embargo, se vienen utilizando habitualmente en medios cultos como derivaciones de antiguos saberes evolutivos del lenguaje, por pura memoria ancestral, por puro instinto gramatical.

         Pero, sobre todo, la locución del vocativo ¡Señor! (en este caso, Señora) es la que mayor predicamento tiene –en nuestra opinión- como compendio y epítome de la máxima dignidad de trato, honor y reconocimiento, ya sea a la persona ya lo sea a la función que representa.

Ello sin olvidar la estética del lenguaje culto; se nos ocurre un ejemplo ciertamente elemental aunque ilustrativo: cuando enunciamos (como enuncia el Reglamento citado) que Pedro tiene el tratamiento de “Don”, no nos dirigimos a él como “oiga, Don”, sino como “Oiga, Señor”.

Veamos: “Señor”, definido por casi todos los diccionarios al uso, entre otras variadas acepciones, como el arquetipo de “tratamiento de respeto”, tiene su origen conceptual en una idea de reconocimiento dominical; noción que a su vez emana del desarrollo etimológico con génesis latina en dominus-i, dueño y señor en razón de la autorictas, que no de la potestat que su condición le garantiza. O en una idea de potestat dimanante de la autorictas implícita e inherente a la madurez de edad, juicio y sabiduría, expresada en el comparativo latino senior-is=el más viejo; (en la Roma clásica, hombre mayor de 45 años).

La evolución del latín a las leguas romance mantiene la idea implícita de tratamiento del máximo respeto reconocido a esa condición de sabiduría, madurez o distinción, como puede comprobarse en las distintas etimologías: Portuguesa (senhor), castellano (siñor), catalán antiguo (senier)… O mío-senior=mi señor, mosen…

Sería muy largo –e innecesario al objeto que nos ocupa- explicar el iter evolutivo desde el “senior” latino hasta el “Señoría”/Usía, a través de la conversión morfológica del “séo”/ “cho”/ “sor”/ “ño”/ “iñor”/ “useñoría”/ “usia”=vuestra señoría[4]. Pero, si se quiere entender hasta qué punto el tratamiento de “Señor” es el tratamiento por antonomasia, no hay más que acudir a las acepciones del primer Diccionario de la Lengua Castellana editado en la Península (a. 1.732): el DICCIONARIO DE AUTORIDADES, con ¡trece! Entradas directas, de las que extraemos la 12ª:

SEÑOR: se llama por reƒpeto, y honor à qualquiera de los Jueces ò Conƒejéros en los Tribunales Reales. Lat. Dominus. Senator. 

         Y ¿qué significa “Senator”?

         Tal parece que nos topamos de nuevo con los pares gramaticales denominación/vocación; sujeto/predicado. O, lo que sería lo mismo: con la duplicidad de formas funcionales dentro de la oración gramatica

  • Apelativo/vocativo=Señor/Señora.

  • Epíteto/tratamiento= Señoría; entendiendo el epíteto como lo que es: una forma adjetivada o un participio que caracteriza al sustantivo o a la forma sustantivada, pero no la determina ni la especifica.

         Es, pues, el tratamiento “Señor/Señora”, de una parte, un reconocimiento sintáctico/gramatical posicional[5] del interlocutor respecto del que le dirige la palabra, en función de caso vocativo, cuyo nominativo descriptivo, determinativo o especificativo sería “SEÑORÍA”; de otra, contiene en su morfología una constatación evolutiva etimológica desde el latín al castellano; y, finalmente, aparece con recurrencia inmemorial como el máximo reconocimiento de autoridad y dignidad que se puede otorgar a aquellos que ostentan derecho (connatural, personal, funcional o reglamentario) a ser reconocido y honrado con un determinado tratamiento.

         Concluiré diciendo que con el vocativo “Señor/Señora” me he dirigido, durante casi treinta años de ejercicio profesional, a todos los Jueces y Tribunales ante los que he comparecido, siempre que “vocaba” avocaba o advocaba, en segunda persona por supuesto, si es que no sustituía el “Señor/Señora” por Vuecencia o por Usía; pero nunca en vocativo directo por lo que contiene de redundancia. He utilizado “Señoría” junto con el “vos” mayestático: “Vuestra Señoría” o “Su Señoría”, si es que optaba por construir un discurso con un tiempo verbal en tercera persona deferencial hacia la posición venerable del interlocutor directo.

         Como “Señor/Señora” me he dirigido, -como es de pública utilización en medios o actos- a S. M. El Rey, a S. M. La Reina, a S. A.R., el Príncipe de Asturias o SS. AA. las Infantas; a Embajadores Autoridades de todo orden; y ello sin haber percibido ni una mínima mirada de reproche.

         “Señor/Señora” ha sido mi homenaje particular y entrañable a aquellos que me merecieron mayores respetos a su persona, a su maestría, a su sabiduría o a su función, con independencia de su origen social. Porque, lo que fue ejercicio y disciplina lingüístico/ cultural, se ha convertido en hábito tan profundamente arraigado en mí que no puedo evitar la porfía en la costumbre, sin que esté en mi ánimo provocar la irritación de quien considera que semejante tratamiento no es reglamentario, sin querer atender a que el “reglamento” no previene la bondad del discurso.

         Y es ahora, cuando creí estar en posesión de una decana y honorable razón de cortesía gramatical, cuando se me dice –y exige- que modifique mis provectos conocimientos convertidos en usanza cuando haya de dirigirme a un Tribunal.

         Me pregunto, incluso, si, quien esto escribe, debiera exigir que cuando se me habla me espetaran “Oiga, Excelentísima” –tratamiento que efectivamente ostento como tal aunque sin uso-  o me conformaré con el de Señora, al que me aferro. (Y perdóneseme el divertimento).

         Ruego, pues, a ese Consejo, se digne aclararme si, durante tan largos años, estuve utilizando un lenguaje bufo o, por el contrario, la Gramática me redime. Y, en su caso, si la Gramática y la Sintaxis, señoras de cualquier discurso hablado o escrito, cuando se las ven con la retórica o la dialéctica forenses, tienen reglas específicas que se me ocultaron durante mi ya largo recorrido vital.

*    *   *

 PS/ Entiéndase esta consulta como lo que es: pura y simplemente, una CONSULTA. Y que el estar dirigida al Consejo General del Poder Judicial no supone que entre la Sra. Magistrada y la Letrada Consultante exista algo más que una diferencia semántica en cuanto al tratamiento directo en juicio, o en cuanto a la expresión del malestar institucional en forma pública o privada, dada la dignidad de las funciones que ambas desempeñamos; pero entiendo que, al haber emanado del Pleno de esa Institución el ACUERDO de 23 de Noviembre de 2005, por el que se aprobó el Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los Actos Judiciales Solemnes, y habiéndose discutido en su seno, creemos que será quien mejor pueda interpretar no ya su literalidad, sino sus aplicaciones coloquiales y rituarias.

         Fdº. Mª Socorro Mármol Brís

         Abogada

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

PROTOCOLO

Aranxa G. de Castro…………………

MANUAL DE BUENAS MANERAS

Edit. LIBSA. 2001

Camilo López Pérez. (Prólogo de S. M. La Reina)

 EL LIBRO DEL SABER ESTAR. La urbanidad y los usos sociales

Edit. NOBEL SA. 1990

José Antonio de Urbina……………....

EL PROTOCOLO EN LOS NEGOCIOS. Las reglas de oro del saber ser, estar, funcionar. Hablar en público, saludar, vestir, invitar…

Edit. TEMAS DE HOY. 5ª Edic. 1996

José Antonio de Urbina……………

EL GRAN LIBRO DEL PROTOCOLO

Edit. TEMAS DE HOY. Edic. 2001

Seddon y Gilgallón…………………

LA MODERNA ETIQUETA

 BIBLIOGRAFÍA LINGÜÍSTICA CONSULTADA

Emilio Alarcos Llorach……………

GRAMÁTICA DE LA LENGUA ESPAÑOLA.

Edit. ESPASA CALPE. 5ª Edic. 1995.

Juan Carlos Moreno Cabrera……….

CURSO UNIVERSITARIO DE LINGÜÍSTICA GENERAL

Edit. SÍNTESIS. 2ª Edic. 2000

Luis Miranda Podadera……………..

ANÁLISIS GRAMATICAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA. Curso Superior. (El vocativo)

Librería CASA HERNANDO SA. 1950.

RAE Asoc. de Academias de Lengua Española....

DICCIONARIO PANHISPÁNICO DE DUDAS

Edit. SANTILLANA EDICIONES GENERALES SL. 2005.

RAE…………………………………

DICCIONARIO DE AUTORIDADES (Edic. facsímil del de 1732)

Edit. GREDOS 1990

T. Todorov. (Sintaxis y Semántica)........................

GRAMÁTICA DEL DECAMERON

Taller de EDICIONES JOSEFINA BETANCOR 1993.

Vicente García de Diego…………

DICCIONARIO ETIMOLÓGICO ESPAÑOL E HISPÁNICO

Edt. ESPASA CALPE 1989


[1] “Voseo”: Empleo en forma pronominal, como pronombre de segunda persona singular, con función de sujeto que sustituye al “tú” o al “usted”. Puede tener también función verbal en distintos modos, generalmente en presente de singular pero con sentido de formas plurales diptongadas: Vos estáis… en lugar de tú estás.

[2] ENTREDICHO: curiosísimo término éste para aplicarlo a la consulta que aquí se evacúa, y que va más allá de su propia etimología –inter-dicere= decir entre-, para adentrase en ideas de “prohibiciones”, dudas y censuras que, en tiempos remotos, se aplicaba sobre las llamadas tierras de nadie o tierras de entredicho, o a reclusiones territoriales sobre zonas sospechosas de contaminaciones insalubres o epidémicas ó, finalmente, al exilio eclesial por el que se negaba sepultura en tierra consagrada o entrada en lugares sagrados.

[3] La declinación es propia solamente del nombre, del pronombre y del adjetivo sustantivado. (Miranda Podadera. ANÁLISIS GRAMATICAL SUPERIOR)

[4] Cfr.: Diccionario Etimológico Español e Hispánico de Vicente García de Diego.

[5] Consultar Curso Universitario de Lingüística General. Tomo I. Teoría de la Gramática y Sintaxis general. (Ed. SÍNTESIS. 2ª  Edcc., págs.. 198 y ss.